Terrorismo machista versus violencia de género

En los últimos años ganan terreno las expresiones “terrorismo machista” o “terrorismo de género”, utilizadas frecuentemente por las organizaciones y líderes ciudadanos, y reproducidas con profusión por los medios de comunicación tradicionales y la Red. Las imágenes de terror e injusticia que aportan los actos de terrorismo son un recurso semántico y simbólico utilizado para denunciar la crueldad e imprevisión de la violencia de género. Su progresión no debe excluir algunas reflexiones sobre la idoneidad de su reiterada utilización por su potencialidad semántica e iconográfica.

El terrorismo entendido como “pavor de un mal que amenaza o de un peligro que se teme”, tiene como común denominador el miedo, algo connatural al hecho de convertirse en víctima. Cualquier tipo de agresión brutal va en contra de la convivencia y la dignidad humana, se produzca ésta en los ámbitos privado o público. De ahí la traslación de contenidos e imágenes que refuerzan el empleo de estas expresiones (“terrorismo machista”, “terrorismo de género” o “terrorismo doméstico”), que se abren paso en una sociedad global construida sobre imágenes.

Entre las secuencias de actualidad más reproducidas en los últimos años están las ligadas a acciones terroristas que, como las del 11 de septiembre de Nueva York y Washington, o las del 11 de marzo en Madrid, han impactado en la conciencia de millones de ciudadanos de todo el mundo y en sus retinas. Integran la iconografía colectiva de la sociedad civil global y apuntan a un desafío apremiante de la Comunidad Internacional.

Esta carga representativa detona la explosión de éxito de estas expresiones; denuncia un delito y su brutalidad, aunque ignora que incide sobre sujetos conocidos y puntuales, discriminados por una causa concreta: la ausencia de respeto a la dignidad de la mujer y la negación del principio de igualdad real y legal entre los géneros. Éste es un delito de ámbito doméstico y no se dirige a desestabilizar la paz internacional, la convivencia colectiva de un país o a alterar procesos de convivencia, diversidad e intercambio acelerados por la globalización.

La divulgación de estas expresiones no colabora en la definición del perfil del fenómeno terrorista y su consideración en el ámbito internacional. Contribuye a distorsionar un término que debe precisarse aún más y establece similitudes entre víctimas afectadas por delitos movidos por causas distintas y con efectos de diversas dimensiones y consideración.

Las acciones terroristas no conocen fronteras y persiguen el mayor número de víctimas, independientemente de su condición. No son actos individuales, sino que cuentan con mecanismos sofisticados de financiación y adiestramiento, y conforman redes delictivas y economía informal. Utilizan armas o instrumentos complejos de destrucción y fomentan estados de opinión inspirados en el miedo, la confrontación y la manipulación. Sus móviles apuntan al fanatismo (religioso, cultural, étnico…) para justificar acciones que perturban la seguridad global, regional y nacional, y distorsionan la convivencia, a la vez que acarrean graves dramas humanos, así como muerte, desolación y rabia.

Las causas y los efectos de ambos delitos no son equiparables ni ponderables y la utilización matizada o adjetivada del término “terrorismo” difumina su contenido y valor simbólico al establecer analogías con otras acciones de naturaleza delictiva distinta.

No parece acertado utilizar las expresiones “terrorismo machista”, “terrorismo de género” o “terrorismo doméstico”, porque desnaturalizan semántica y simbólicamente el término, al tiempo que contribuyen a empañar los perfiles de actos violentos de difícil consenso y clasificación en el ámbito de la Comunidad Internacional y de sus organismos.

Estas consideraciones recomiendan no utilizar el término “terrorismo” a los actos vinculados a la violencia de género o machista y, por el contrario, emplear y destacar el concepto “violencia” referido a ellos.